Información Ambiental
Revisión Ambiental
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Se preparó un Informe de Impacto Ambiental (EIR, por sus siglas en inglés) completo para el proyecto de conformidad con la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA). Este es el nivel más alto de revisión ambiental según CEQA.
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Los umbrales de significancia y los estándares utilizados en el EIR se establecen bajo la ley de California.
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El EIR fue revisado por otras agencias públicas, incluido el South Coast Air Quality Management District (SCAQMD).
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El proyecto, incluyendo las Mejoras en la Cuenca de Almacenamiento, está sujeto a la aprobación del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EE. UU. y a la revisión ambiental asociada bajo la Ley de Política Ambiental Nacional, conocida como NEPA.
Aviso Público
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El aviso público es proporcionado por la Ciudad de conformidad con las leyes estatales y locales, y no por el propietario.
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La Ciudad superó el aviso requerido por la ley al notificar a los propietarios de más allá de un radio de 300 pies desde el sitio del proyecto. (Ver la Sección 17.03.130 del Código Municipal de la Ciudad). La residencia más cercana está a más de 500 pies del sitio del proyecto.
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A continuación se presenta una cronología de las reuniones y audiencias públicas, para las cuales se proporcionó aviso público (aviso de agenda y, cuando corresponda, aviso por correo):
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28 de Marzo de 2023: Memorando de Entendimiento (MOU) para el proyecto aprobado por el Concejo Municipal
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22 de Julio de 2024: Reunión de planificación del EIR (reunión pública inicial para recibir comentarios de la comunidad sobre el alcance del EIR)
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28 de Agosto de 2025: Aviso público sobre la disponibilidad del Informe de Impacto Ambiental (EIR) preliminar.
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Del 28 de Agosto de 2025 al 13 de octubre de 2025: El Informe de Impacto Ambiental (EIR) preliminar está disponible para revisión y comentarios del público durante 45 días.
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24 de Febrero de 2026: Audiencia de la Comisión de Planificación para el proyecto (recomendó la certificación del EIR y la aprobación del proyecto por parte del Concejo Municipal)
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28 de Abril de 2026: Audiencia de la Comisión de Planificación sobre el Acuerdo de Desarrollo (recomendó la aprobación por parte del Concejo Municipal)
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5 de Mayo de 2026: Audiencia del Concejo Municipal
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Datos Clave de CEQA (Ley de Calidad Ambiental de California)
Los miembros del público han expresado su preocupación con respecto a los posibles impactos del proyecto en la calidad del aire, las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y el tráfico. Esas áreas temáticas se abordan a continuación.
Impacto en la Calidad del Aire
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El proyecto resultaría en un impacto menos que significativo, de acuerdo con los criterios de significatividad de la CEQA.
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No se ha presentado ninguna evidencia en contrario, y mucho menos evidencia sustancial (como lo requiere CEQA).
Impacto del Tráfico
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El proyecto resultaría en un impacto menos que significativo, de acuerdo con los criterios de significatividad de la CEQA.
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No se ha presentado ninguna evidencia en contrario, y mucho menos evidencia sustancial (como lo requiere CEQA).
Impacto de las Emisiones de GEI
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El análisis del impacto de las emisiones de GEI se refiere a un posible impacto global.
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Un análisis a nivel de proyecto de las emisiones de GEI (es decir, las emisiones de construcción y operación) informa si un proyecto podría tener un impacto acumulativamente considerable en el cambio climático global.
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El proyecto daría lugar a un impacto no significativo, basado en el umbral más alto de SCAQMD para proyectos industriales, incluyendo específicamente proyectos de almacenes.
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La Ciudad podría haber concluido razonablemente que el umbral más alto debería aplicarse para los propósitos de CEQA.
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Sin embargo, ese umbral se aplica técnicamente cuando SCAQMD es la agencia principal. Por lo tanto, el EIR asumió de manera conservadora que el umbral más bajo debería aplicarse dado que la Ciudad es la agencia principal para el proyecto y no el SCAQMD.
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El umbral más bajo ha sido recomendado por SCAQMD para proyectos residenciales y comerciales, no para proyectos industriales (incluyendo proyectos de almacenes). Aun así, el umbral más bajo se asumió de manera conservadora en el EIR, lo que significa que los impactos del proyecto están exagerados.
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Como se explica en el EIR, el umbral más bajo tiene una tasa de captura del 90% de un gran muestreo de instalaciones, lo que significa que la mayoría de los proyectos grandes superarán el umbral más bajo.
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Para ilustrar, como se explica en la sección de Alternativas del EIR, un proyecto comercial en la propiedad (es decir, un centro comercial minorista), el cual está permitido bajo la zonificación actual, también superaría el umbral más bajo y probablemente resultaría en mayores impactos de emisiones de GEI debido a un aumento neto en el tráfico de vehículos en comparación con el proyecto.
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Se impondrán varios requisitos y medidas de mitigación al proyecto para reducir los impactos de las emisiones de GEI. Por ejemplo, se requerirá que los inquilinos del almacén cumplan con la Regla de Fuente Indirecta de Almacenes de SCAQMD (Regla 2305), la cual se espera que reduzca las emisiones de GEI durante las operaciones.